Debido a la evolución del mercado de pilas botón en la UE hacia las pilas botón sin mercurio, y como consecuencia de la revisión de la excepción relativa al contenido de cadmio en las herramientas eléctricas inalámbricas, se adoptó la Directiva 2013/56/UE, de 20 de noviembre de 2013, que modifica a la Directiva 2006/66/CE, de 6 de septiembre de 2006, y deberá ser incorporada al Derecho interno.

Esta Directiva 2013/56/UE pone fechas limites a las excepciones existentes, e introduce algunas modificaciones más que afectan, entre otros, a la forma de extracción de las pilas y acumuladores de los aparatos que los contienen y al procedimiento de registro de productores de pilas y acumuladores.

Con esta trasposición también se adapta el Real Decreto 106/2008 a las prescripciones sobre gestión de residuos establecidas en la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, especialmente en lo que respecta a la responsabilidad ampliada del productor, y se aprovecha también para introducir mejoras y actualizaciones como:

  • las relativas a la información que han de aportar a las Administraciones públicas tanto los productores de pilas y acumuladores como las instalaciones de tratamiento y reciclado;
  • la introducción de determinados aspectos relativos a la recogida y transporte de las baterías de automoción usadas y la aplicación del cálculo del nivel de eficiencia de reciclado.

Con esta modificación se busca promover el uso eficiente de los recursos y garantizar la protección de la salud humana y del medio ambiente, estableciéndose las condiciones de la actividad de los gestores de residuos de pilas y acumuladores.

:: CONSULTAR TEXTO