En el día de hoy ha sido publicado el Decreto 30/2015, de 3 de marzo, por el que se aprueba el catálogo de actividades y centros obligados a adoptar medidas de autoprotección y se fija el contenido de estas medidas.

La norma que hasta ahora regulaba la materia (el Decreto 82/2010, de 29 de junio, por el que se aprueba el catálogo de actividades y centros obligados a adoptar medidas de autoprotección y se fija el contenido de estas medidas) es reciente, pero su aplicación ha hecho patente la conveniencia de revisar determinados aspectos relativos a las actividades y centros obligados a adoptar medidas de autoprotección y al procedimiento de tramitación de los planes de autoprotección.

Algunos aspectos a destacar de esta nueva regulación son:

  • Se reducen las actividades y centros con obligación de autoprotección para adecuarlo a aquellos en los que sea imprescindible la realización de los planes de autoprotección, y se fijan una serie de criterios con el fin de crear un catálogo con una estructura más sencilla, con una relación de actividades y centros más detallada y precisa. En este sentido, se equiparan determinadas actividades y centros de interés para la protección civil de Cataluña a los mismos umbrales que los fijados en la Norma básica de autoprotección de los centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades que pueden dar origen a situaciones de emergencia, aprobada por el Real decreto 393/2007, de 23 de marzo. Se simplifica el número de actividades afectadas por la norma y se elimina la distinción entre las actividades con reglamentación específica o sin.
  • Las actividades o centros que se incluían en el catálogo en función de su ocupación de personas se fusionan en un criterio más genérico; y de referencia y, en cuanto a las actividades sanitarias, docentes y residenciales públicas, se homogeneizan los criterios de ocupación.
  • Se establece un catálogo de actividades y centros de interés para la protección civil local «de mínimos», con unos umbrales más amplios para que sean los mismos municipios los que regulen de una forma más concreta las actividades y centros que sean de su interés de acuerdo a sus competencias.

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